Normativa / Aragón
Alquiler turístico en Aragón
VUT (vivienda de uso turístico; cesión completa, no se permite por habitaciones)
Descubre en 7 preguntas si tu alquiler turístico está al día o qué le falta para cumplir. Al final tendrás un diagnóstico claro y las soluciones para estar en regla:
Sin crear cuenta · Sin datos privados
Última reforma
No se detecta una reforma específica aragonesa del Decreto 1/2023 en 2025-2026. El cambio más reciente que afecta a las VUT en Aragón es de rango estatal: la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal (Ley Orgánica 1/2025), en vigor desde el 3 de abril de 2025, que exige acuerdo de la comunidad de propietarios por mayoría de 3/5 para autorizar el uso turístico.
Reforma estatal LPH, abril 2025 (no es un boletín aragonés)
Fuente: https://www.aragon.es/documents/d/guest/cambios-en-la-regulacion-de-viviendas-de-uso-turistico-abril-2025-pdf — verificado 2026-07-16
Registro
Registro de Turismo de Aragón
Declaración responsable (trámite 1763) ante la Dirección General de Turismo y Hostelería del Gobierno de Aragón; habilita la actividad por tiempo indefinido desde el día de presentación. Tasa asociada (Tasa 50: 130,00 €).
Fuente: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/declaracion-responsable-viviendas-turistico — verificado 2026-07-16
Requisitos
Salón-comedor, cocina, dormitorio doble y baño como mínimo (salón-comedor y cocina pueden unificarse en un único espacio)
Vigente desde 2023-04-18
Fuente: https://www.iberley.es/legislacion/decreto-1-2023-11-ene-c-aragon-reglamento-viviendas-uso-turistico-aragon-27167872 — verificado 2026-07-16
Corregido 2026-07-16: 28 m² / 70 m³ NO es un mínimo global, sino la cifra específica de la modalidad 'estudio' (todo integrado). Dimensiones mínimas por estancia (art. 8): dormitorio doble 10 m²/25 m³; dormitorio individual 6 m²/15 m³; salón-comedor 14 m²/35 m³; cocina 6 m²/15 m³; salón-comedor-cocina unificado 18 m²/45 m³; baño 3 m²/6 m³; estudio (todo unificado) 28 m²/70 m³
Vigente desde 2023-04-18
Fuente: https://www.iberley.es/legislacion/articulo-8-reglamento-viviendas-uso-turistico-aragon — verificado 2026-07-16
Las viviendas tipo 'estudio' (dormitorio integrado en el salón-cocina) no pueden superar 2 plazas
Vigente desde 2023-04-18
Fuente: https://www.iberley.es/legislacion/decreto-1-2023-11-ene-c-aragon-reglamento-viviendas-uso-turistico-aragon-27167872 — verificado 2026-07-16
Certificado de idoneidad emitido por técnico competente, acreditando habitabilidad y seguridad, obligatorio antes de iniciar la actividad o tras una reforma sustancial
Vigente desde 2023-04-18
Fuente: https://www.iberley.es/legislacion/decreto-1-2023-11-ene-c-aragon-reglamento-viviendas-uso-turistico-aragon-27167872 — verificado 2026-07-16
Desde el 3 de abril de 2025, se exige acuerdo expreso de la comunidad de propietarios (mayoría de 3/5) para nuevas VUT en régimen de propiedad horizontal; no aplica con carácter retroactivo
Vigente desde 2025-04-03
Fuente: https://www.aragon.es/documents/d/guest/cambios-en-la-regulacion-de-viviendas-de-uso-turistico-abril-2025-pdf — verificado 2026-07-16
Sanciones
Leve: 60–600 €. Grave: 601–3.000 €. Muy grave: 3.001–60.000 €
Decreto Legislativo 1/2016 (texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón), título VI — infracciones (arts. 82-87) y sanciones (arts. 88-95)
Fuente: https://unav.ws/legislacion/leyes-de-ordenacion/ley-62003-de-27-de-febrero/capitulo-iv-sanciones-y-medida.htm — verificado 2026-07-16
Registro de huéspedes
Sistema: SES.Hospedajes, comunicación en menos de 24h desde la llegada.
Normativa base
- Decreto 1/2023, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón (Reglamento de las viviendas de uso turístico en Aragón)
Fuente: https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1257201622626 — verificado 2026-07-16
- Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón (texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón)
Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOA-d-2016-90440 — verificado 2026-07-16
Notas de verificación
Verificado el 2026-07-16. Fuentes generales: aragon.es (portal VUT y tramitador 1763), BOA (Decreto 1/2023), BOE (Decreto Legislativo 1/2016), unav.ws (cuantías sancionadoras), iberley.es (requisitos mínimos del Decreto 1/2023). No se encontró en fuente oficial pública: capa municipal de Zaragoza (no se encontró normativa urbanística específica para VUT, solo el procedimiento genérico de licencia de actividad), caducidad del registro, y el texto íntegro del Decreto 1/2023 y del régimen sancionador — los datos disponibles provienen de síntesis de portales jurídicos que reproducen el articulado, no del texto oficial consolidado del BOA.
Información divulgativa, no constituye asesoramiento legal. Verifica siempre con tu comunidad autónoma o un profesional.