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Sanciones por alquiler turístico en Castilla y León

Cuánto pueden multar y por qué, según la norma.

Sanciones

Hasta 90.000 €

Leve: 100–900 €. Grave: 901–9.000 €. Muy grave: 9.001–65.000 € (resueltas por la Dirección General de Turismo) o 65.001–90.000 € (resueltas por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte)

Ley 14/2010, de Turismo de Castilla y León, art. 85 (Sanciones); la propia ley prevé actualización de las cuantías por decreto según la variación del IPC

Corrección 2026-07-16: se logró acceder directamente al texto del art. 85 (vía iberley.es, que reproduce el articulado), confirmando los tramos exactos: leve 100-900€, grave 901-9.000€, muy grave 9.001-90.000€ (con el desglose competencial 9.001-65.000€ / 65.001-90.000€ ya recogido aquí). Dado que la ley prevé actualización por IPC mediante decreto, conviene reconfirmar periódicamente si estas cifras han sido revisadas.

Fuente: iberley.es

Verificado el 01/11/2026

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