Normativa / Extremadura
Alquiler turístico en Extremadura
Lo que exige la normativa de Extremadura para alquilar una vivienda a turistas, sección por sección y con la fuente de cada dato.
RegistroRegistro General de Empresas y Actividades Turísticas de ExtremaduraDeclaración responsable de inicio, modificación o cese de actividad de apartamento turístico. Huéspedes: SES.Hospedajes, comunicación en menos de 24h desde la llegada. Ver toda la sección +Fuente: juntaex.esVerificado el 30/10/2026Requisitos4 requisitosPlaca identificativa obligatoria en la vivienda. Ver toda la sección +Fuente: doe.juntaex.esVerificado el 09/10/2026SancionesHasta 60.000 €Leves: hasta 600 € (tramos 0-200 / 201-400 / 401-600); graves: 601-6.000 € (tramos 601-2.400 / 2.401-4.200 / 4.201-6.000). Ver toda la sección +Fuente: boe.esVerificado el 31/10/2026Cambios y alertasSin alertas activasNo hay alertas normativas activas para Extremadura. Última reforma: Ley 5/2022, de 25 de noviembre (art. 9, modificación puntual de la Ley 2/2011). Ver toda la sección +Fuente: boe.esVerificado el 31/10/2026Normativa baseLey 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de ExtremaduraNorma en la que se apoya el resto de la ficha. Y 3 normas más. Con las notas de la revisión. Ver toda la sección +Fuente: boe.esVerificado el 09/10/2026Lista de comprobación6 puntos para cumplirRegistro turístico autonómico · Registro de huéspedes · Declaración de ingresos (Modelo 238) Ver toda la sección +Verificado el 30/10/2026
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