Normativa / Ciudad Autónoma de Melilla / Sanciones
Sanciones por alquiler turístico en Ciudad Autónoma de Melilla
Cuánto pueden multar y por qué, según la norma.
Melilla: multas de hasta 3.000 € según su Reglamento de Turismo (2010)
Melilla no tiene norma propia de vivienda turística. Se aplica su Reglamento de Turismo: declaración responsable e inscripción de oficio en el Registro, y multas de hasta 750 € (leves), 751–1.500 € (graves) y 1.501–3.000 € (muy graves). Fuente: BOME extraordinario n.º 12, 29-07-2010.
Fuente: BOME ext. n.º 12, Decreto 351/2010
Leves: apercibimiento o multa de hasta 750 €. Graves: de 751 a 1.500 €. Muy graves: de 1.501 a 3.000 €. Además, suspensión o cierre temporal (hasta 3 meses en graves, hasta 1 año en muy graves) y clausura definitiva en las muy graves.
Decreto 351/2010 (Reglamento de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME extraordinario n.º 12, 29-07-2010), arts. 56 y 57
Régimen general del Reglamento de Turismo; la cuantía exacta depende de la infracción concreta y de las circunstancias. No hay régimen específico para viviendas turísticas.
Fuente: melilla.es
Actualizado el 10/10/2026
Volver a la normativa de Ciudad Autónoma de Melilla
¿Cumple el alquiler turístico la normativa vigente?
Responde 7 preguntas y descubre qué le falta para cumplir.
Sin crear cuenta · Sin datos privados