Normativa / Aragón / Requisitos
Requisitos del alquiler turístico en Aragón
Lo que debe cumplir la vivienda y la actividad en Aragón, con lo que añade el ayuntamiento.
Salón-comedor, cocina, dormitorio doble y baño como mínimo (salón-comedor y cocina pueden unificarse en un único espacio)
Vigente desde 2023-04-18
Fuente: iberley.es
Corregido 2026-07-16: 28 m² / 70 m³ NO es un mínimo global, sino la cifra específica de la modalidad 'estudio' (todo integrado). Dimensiones mínimas por estancia (art. 8): dormitorio doble 10 m²/25 m³; dormitorio individual 6 m²/15 m³; salón-comedor 14 m²/35 m³; cocina 6 m²/15 m³; salón-comedor-cocina unificado 18 m²/45 m³; baño 3 m²/6 m³; estudio (todo unificado) 28 m²/70 m³
Vigente desde 2023-04-18
Fuente: iberley.es
Las viviendas tipo 'estudio' (dormitorio integrado en el salón-cocina) no pueden superar 2 plazas
Vigente desde 2023-04-18
Fuente: iberley.es
Certificado de idoneidad emitido por técnico competente, acreditando habitabilidad y seguridad, obligatorio antes de iniciar la actividad o tras una reforma sustancial
Vigente desde 2023-04-18
Fuente: iberley.es
Desde el 3 de abril de 2025, se exige acuerdo expreso de la comunidad de propietarios (mayoría de 3/5) para nuevas VUT en régimen de propiedad horizontal; no aplica con carácter retroactivo
Vigente desde 2025-04-03
Fuente: aragon.es
Verificado el 30/10/2026
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