Alertoria

Normativa / Canarias / Registro

Registro del alquiler turístico en Canarias

Cómo y dónde se registra el alquiler turístico en Canarias, cómo se comunican los viajeros y cuánto dura el registro.

Registro

Registro General Turístico de Canarias

Registro

Registro General Turístico de Canarias

Declaración responsable ante el Cabildo Insular → inscripción en el Registro General Turístico de Canarias → número obligatorio en todos los anuncios (trámite SICAC 5548).

Fuente: sede.gobiernodecanarias.org

Vivienda vacacional (VV), completa, comercializada en canales turísticos.

Registro de huéspedes

Sistema: SES.Hospedajes, comunicación en menos de 24h desde la llegada.

Fuente: boe.es

Caducidad

La declaración responsable es válida 5 años (10 años en El Hierro, La Gomera y La Palma y en los municipios de reto demográfico), renovable solo si se cumplen todos los requisitos y la zona sigue permitiendo el uso. La inscripción decae si la vivienda no se alquila durante más de 1 año seguido. Las licencias no son transmisibles con la venta de la vivienda.

Verificado el 25/09/2026

Volver a la normativa de Canarias

¿Cumple el alquiler turístico la normativa vigente?

Responde 7 preguntas y descubre qué le falta para cumplir.

Comprueba en 2 minutos

Sin crear cuenta · Sin datos privados