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Requisitos del alquiler turístico en Comunidad de Madrid

Lo que debe cumplir la vivienda y la actividad en Comunidad de Madrid, con lo que añade el ayuntamiento.

Requisitos

5 requisitos

Requisitos

  • 25 m², sin excepciones

    Vigente desde 2026-03-25

    Fuente: bocm.es

  • Informe CIVUT (técnico, con visita in situ) obligatorio antes de la declaración responsable

    Vigente desde 2026-03-25

    Fuente: bocm.es

  • La declaración responsable recae en el titular de la actividad, no en el propietario que no la explota

    Vigente desde 2026-03-25

    Fuente: bocm.es

  • Prohibido en vivienda de protección pública (VPP)

    Vigente desde 2026-03-25

    Fuente: bocm.es

  • Aprobación expresa de la comunidad de propietarios (mayoría de 3/5) para iniciar la actividad

    Vigente desde 2025-04

    Fuente: boe.es

Requisitos municipales

  • Madrid

    Además del registro autonómico, licencia urbanística municipal. Plan RESIDE (aprobación definitiva 27-08-2025, BOCM 22-09-2025): en el casco antiguo (ámbito APE 00.01) no se permiten pisos turísticos dispersos en edificios residenciales, ni siquiera en planta baja, salvo edificio exclusivo (o no residencial); fuera del casco antiguo se mantienen los pisos dispersos, con la exigencia de acceso independiente en planta baja o primera, y los edificios completos.

    Fuente: madrid.es

Verificado el 29/09/2026

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