Normativa / Comunidad de Madrid / Requisitos
Requisitos del alquiler turístico en Comunidad de Madrid
Lo que debe cumplir la vivienda y la actividad en Comunidad de Madrid, con lo que añade el ayuntamiento.
Requisitos
25 m², sin excepciones
Vigente desde 2026-03-25
Fuente: bocm.es
Informe CIVUT (técnico, con visita in situ) obligatorio antes de la declaración responsable
Vigente desde 2026-03-25
Fuente: bocm.es
La declaración responsable recae en el titular de la actividad, no en el propietario que no la explota
Vigente desde 2026-03-25
Fuente: bocm.es
Prohibido en vivienda de protección pública (VPP)
Vigente desde 2026-03-25
Fuente: bocm.es
Aprobación expresa de la comunidad de propietarios (mayoría de 3/5) para iniciar la actividad
Vigente desde 2025-04
Fuente: boe.es
Requisitos municipales
Madrid
Además del registro autonómico, licencia urbanística municipal. Plan RESIDE (aprobación definitiva 27-08-2025, BOCM 22-09-2025): en el casco antiguo (ámbito APE 00.01) no se permiten pisos turísticos dispersos en edificios residenciales, ni siquiera en planta baja, salvo edificio exclusivo (o no residencial); fuera del casco antiguo se mantienen los pisos dispersos, con la exigencia de acceso independiente en planta baja o primera, y los edificios completos.
Fuente: madrid.es
Verificado el 29/09/2026
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