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Sanciones por alquiler turístico en Comunidad de Madrid

Cuánto pueden multar y por qué, según la norma.

Sanciones

Hasta 300.000 €

Leves: hasta 3.000 €; graves: 3.001–30.000 €; muy graves: 30.001–300.000 €

Ley 1/1999, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid, art. 61

Cuantías del texto consolidado del BOE. La sanción accesoria de cese de la actividad no se comprobó en esta lectura.

Fuente: boe.es

Verificado el 31/10/2026

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