Normativa / País Vasco / Requisitos
Requisitos del alquiler turístico en País Vasco
Lo que debe cumplir la vivienda y la actividad en País Vasco, con lo que añade el ayuntamiento.
País Vasco: suspensión automática de nuevas viviendas turísticas en zonas tensionadas
La Ley 6/2025 (art. 7) modifica el art. 20.4 de la Ley 13/2016: en las zonas declaradas de mercado residencial tensionado, las nuevas viviendas y habitaciones turísticas quedan suspendidas y no se inscriben en el Registro mientras dure la declaración de zona.
Fuente: BOE-A-2026-1256 · Ley 6/2025 del País Vasco
Requisitos
En la modalidad de alquiler por habitaciones, la vivienda debe contar, además de cocina y baño, con al menos un dormitorio destinado en exclusiva al alojamiento turístico, distinto de los reservados a quienes tengan en ella su residencia efectiva
Vigente desde 2018-07-03
Fuente: euskadi.eus
Requisitos municipales
Donostia / San Sebastián
Ordenanza municipal de Viviendas de Uso Turístico (2018) que zonifica la ciudad en tres zonas (A, B, C): prohíbe nuevas VUT en la zona más saturada (A) y restringe planta/acceso independiente en el resto. Desde el 19-04-2023 rige una moratoria (prorrogada) que suspende la concesión de nuevas licencias. En febrero de 2026 el Ayuntamiento aprobó definitivamente una modificación del PGOU que blinda el uso residencial frente al turístico. Para operar de forma legal se exige además una licencia de actividad municipal (CPA), adicional a la declaración responsable autonómica.
Fuente: donostia.eus / mkrsoluciones.com
Actualizado el 09/10/2026
Volver a la normativa de País Vasco
¿Cumple el alquiler turístico la normativa vigente?
Responde 7 preguntas y descubre qué le falta para cumplir.
Sin crear cuenta · Sin datos privados