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Registro del alquiler turístico en Comunitat Valenciana

Cómo y dónde se registra el alquiler turístico en Comunitat Valenciana, cómo se comunican los viajeros y cuánto dura el registro.

Registro

Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana — número VT-000000-X (A/CS/V) + distintivo

Registro

Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana — número VT-000000-X (A/CS/V) + distintivo

Trámite en 3 fases bloqueantes: (1) Informe de Compatibilidad Urbanística (ICU) municipal favorable, con referencia catastral única e individualizada; (2) declaración responsable ante la Dirección General de Turismo (GVA) con el CSV del ICU; (3) asignación del número VT y distintivo.

Fuente: sede.gva.es

VUT, vivienda completa cedida por un máximo de 10 días continuados al mismo arrendatario (11 días o más pasa a LAU de temporada). El alquiler por habitaciones está prohibido — es la definición más corta de España.

Registro de huéspedes

Sistema: SES.Hospedajes, comunicación en menos de 24h desde la llegada.

Fuente: boe.es

Caducidad

La inscripción es válida 5 años desde su presentación (las renovaciones empiezan a partir de agosto de 2029). Para renovarla hay que presentar una nueva declaración responsable de renovación, con permiso expreso de la persona propietaria, dentro del mes anterior a que termine cada periodo, acompañada de un informe municipal de compatibilidad urbanística favorable y actualizado (o documento equivalente). Si pasan los 5 años sin renovar, la vivienda se da de baja en el registro. Las viviendas inscritas antes del Decreto-ley 9/2024 no tienen que incluir en la renovación el pronunciamiento sobre el acuerdo de la comunidad. Un cambio de propiedad exige una nueva declaración responsable (salvo herencia) con un nuevo informe municipal (art. 23 bis del Decreto 10/2021, según el art. 133 de la Ley 3/2026).

No fue posible acceder a las fuentes oficiales el 30/10/2026

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